ʟᴇɢɪᴛɪᴍɪᴅᴀᴅ ᴇɴ ᴀʟᴛᴀ ᴍᴀʀ: ʟᴀ ᴅᴇꜰᴇɴꜱᴀ ᴅᴇ ᴀᴍᴀʀᴏ ᴘᴀʀɢᴏ ʏ ꜱᴜ ᴘᴀᴛᴇɴᴛᴇ ᴅᴇ ᴄᴏʀꜱᴏ ᴇɴ ʟᴀ ᴄᴀᴘᴛᴜʀᴀ ᴅᴇʟ ꜱᴀɴ ᴊᴏꜱᴇᴘʜ (1712-1716)
𝘓𝘢 𝘧𝘪𝘨𝘶𝘳𝘢 𝘥𝘦 𝘈𝘮𝘢𝘳𝘰 𝘗𝘢𝘳𝘨𝘰 𝘩𝘢 𝘴𝘪𝘥𝘰 𝘰𝘣𝘫𝘦𝘵𝘰 𝘥𝘦 𝘯𝘶𝘮𝘦𝘳𝘰𝘴𝘰𝘴 𝘥𝘦𝘣𝘢𝘵𝘦𝘴 𝘢 𝘭𝘰 𝘭𝘢𝘳𝘨𝘰 𝘥𝘦 𝘭𝘢 𝘩𝘪𝘴𝘵𝘰𝘳𝘪𝘢, 𝘦𝘴𝘱𝘦𝘤𝘪𝘢𝘭𝘮𝘦𝘯𝘵𝘦 𝘤𝘶𝘢𝘯𝘥𝘰 𝘴𝘦 𝘵𝘳𝘢𝘵𝘢 𝘥𝘦 𝘴𝘶 𝘳𝘰𝘭 𝘤𝘰𝘮𝘰 𝘤𝘰𝘳𝘴𝘢𝘳𝘪𝘰 𝘦𝘯 𝘭𝘢𝘴 𝘢𝘨𝘶𝘢𝘴 𝘥𝘦𝘭 𝘈𝘵𝘭𝘢́𝘯𝘵𝘪𝘤𝘰. 𝘌𝘯 𝘶𝘯𝘰 𝘥𝘦 𝘭𝘰𝘴 𝘤𝘢𝘴𝘰𝘴 𝘮𝘢́𝘴 𝘦𝘮𝘣𝘭𝘦𝘮𝘢́𝘵𝘪𝘤𝘰𝘴, 𝘴𝘶 𝘥𝘦𝘧𝘦𝘯𝘴𝘢 𝘧𝘶𝘦 𝘱𝘳𝘦𝘴𝘦𝘯𝘵𝘢𝘥𝘢 𝘱𝘰𝘳 𝘭𝘰𝘴 𝘢𝘣𝘰𝘨𝘢𝘥𝘰𝘴 𝘉𝘢𝘳𝘵𝘰𝘭𝘰𝘮𝘦́ 𝘍𝘦𝘳𝘳𝘢𝘻 𝘺 𝘍𝘳𝘢𝘯𝘤𝘪𝘴𝘤𝘰 𝘗𝘢𝘴𝘵𝘰𝘳, 𝘲𝘶𝘪𝘦𝘯𝘦𝘴 𝘢𝘳𝘨𝘶𝘮𝘦𝘯𝘵𝘢𝘳𝘰𝘯 𝘲𝘶𝘦 𝘭𝘢 𝘤𝘢𝘱𝘵𝘶𝘳𝘢 𝘥𝘦𝘭 𝘚𝘢𝘯 𝘑𝘰𝘴𝘦𝘱𝘩 𝘯𝘰 𝘴𝘰𝘭𝘰 𝘧𝘶𝘦 𝘭𝘦𝘨𝘢𝘭, 𝘴𝘪𝘯𝘰 𝘲𝘶𝘦 𝘦𝘴𝘵𝘢𝘣𝘢 𝘤𝘰𝘮𝘱𝘭𝘦𝘵𝘢𝘮𝘦𝘯𝘵𝘦 𝘢𝘫𝘶𝘴𝘵𝘢𝘥𝘢 𝘢 𝘥𝘦𝘳𝘦𝘤𝘩𝘰, 𝘥𝘢𝘥𝘢𝘴 𝘭𝘢𝘴 𝘤𝘪𝘳𝘤𝘶𝘯𝘴𝘵𝘢𝘯𝘤𝘪𝘢𝘴 𝘮𝘢𝘳𝘪́𝘵𝘪𝘮𝘢𝘴 𝘥𝘦 𝘭𝘢 𝘦́𝘱𝘰𝘤𝘢. 𝘈 𝘤𝘰𝘯𝘵𝘪𝘯𝘶𝘢𝘤𝘪𝘰́𝘯, 𝘦𝘹𝘱𝘭𝘰𝘳𝘢𝘮𝘰𝘴 𝘭𝘰𝘴 𝘱𝘶𝘯𝘵𝘰𝘴 𝘤𝘭𝘢𝘷𝘦 𝘥𝘦 𝘭𝘢 𝘥𝘦𝘧𝘦𝘯𝘴𝘢 𝘲𝘶𝘦 𝘣𝘶𝘴𝘤𝘢𝘣𝘢𝘯 𝘫𝘶𝘴𝘵𝘪𝘧𝘪𝘤𝘢𝘳 𝘭𝘢 𝘢𝘤𝘤𝘪𝘰́𝘯 𝘥𝘦 𝘈𝘮𝘢𝘳𝘰 𝘗𝘢𝘳𝘨𝘰 𝘺 𝘥𝘦𝘮𝘰𝘴𝘵𝘳𝘢𝘳 𝘭𝘢 𝘷𝘢𝘭𝘪𝘥𝘦𝘻 𝘥𝘦 𝘴𝘶 𝘱𝘢𝘵𝘦𝘯𝘵𝘦 𝘥𝘦 𝘤𝘰𝘳𝘴𝘰.
El licenciado Bartolomé Ferraz y Francisco Pastor presentaron diversas pruebas en defensa de Amaro Pargo, argumentando que la captura del San Joseph fue completamente legal y ajustada a derecho. En primer lugar, señalaron que, al momento del abordaje, la embarcación irlandesa no contaba con documentos válidos que demostraran la legitimidad de su navegación. De acuerdo con las normas marítimas de la época, cualquier barco que no pudiera acreditar su autorización para navegar por aguas bajo control español era susceptible de ser requisado, especialmente si transportaba mercancías de dudosa procedencia. Según los defensores de Amaro Pargo, la documentación que más tarde se presentó como prueba de la legalidad del navío no estaba a bordo cuando se produjo la captura, lo que generaba serias sospechas sobre su autenticidad o sobre la verdadera intención de sus propietarios.
Otra de las pruebas clave que presentaron Ferraz y Pastor fue el hecho de que el San Joseph había sido previamente capturado por el corsario francés Guillaume Grave de la Bastiere. De acuerdo con las leyes de corso vigentes, cualquier barco que hubiera caído en manos de corsarios enemigos perdía automáticamente su estatus de legalidad, quedando sujeto a nuevas capturas por parte de navíos españoles con patente de corso. Amaro Pargo, como corsario autorizado por la Corona, tenía pleno derecho a abordar una embarcación que ya había sido intervenida y que, por lo tanto, se encontraba en una situación irregular dentro del comercio marítimo. Además, los abogados destacaron que la carga del San Joseph incluía productos que no habían sido debidamente registrados en la aduana, lo que podía indicar que se trataba de mercancía de contrabando. Entre los bienes transportados por Webster y Hore se encontraban barriles de vino, aceite y frutas, pero no existía constancia clara de que hubieran pagado los aranceles correspondientes en los puertos españoles.
Otro argumento presentado por la defensa fue que la ruta seguida por el San Joseph no se correspondía con un trayecto regular hacia Irlanda. En lugar de dirigirse directamente a Dublín, la embarcación realizó escalas y movimientos sospechosos, lo que reforzaba la hipótesis de que estaba involucrada en actividades ilícitas o en acuerdos encubiertos con corsarios franceses. Esta información resultaba crucial para la defensa de Amaro Pargo, pues justificaba su decisión de interceptar el barco y requisarlo. Finalmente, Ferraz y Pastor sostuvieron que la captura tuvo lugar en aguas bajo control español, donde Amaro Pargo tenía derecho a actuar conforme a las ordenanzas de corso. En base a todos estos elementos, los abogados insistieron en que la acción de su defendido no solo fue legítima, sino que respondía a la necesidad de proteger los intereses comerciales del reino y combatir el comercio ilícito en el Atlántico.
Fuente: Archivo Militar de Segovia (1711-1716). Expediente: Auto Juicio Apresamiento San José, Legajo 378, Exp. 3778.